PARA SABER DE QUE SE TRATA….

Un aporte más para aquellos que cuestionan que se siga programando los partidos de la fecha 13 y piden que se avance a la fecha 14. Hay que echar un vistazo al artículo 121 inciso i) del Reglamento General, que establece: «Los partidos suspendidos por efecto de la lluvia o por causas de fuerza mayor, deben jugarse antes que los demás del respectivo campeonato, pero podrá prescindirse de esta disposición si para ello se obtuviera la conformidad de más de la mitad de los clubes que integran la respectiva Categoría. En estas circunstancias, al fijarse nueva fecha, corresponderá dejar un intervalo no menor de 48 horas entre el día en que se jugarán los partidos suspendidos y el día en que deban disputarse los de la fecha siguiente o anterior del programa».-